Derivación de responsabilidad al administrador por deudas con Hacienda

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Si tienes una sociedad y estás pensando en liquidarla o paralizar su actividad, debes saber que existe la derivación de responsabilidad al administrador por deudas con Hacienda. Esto es, el administrador de la sociedad pasará a ser el responsable del cumplimiento de las obligaciones de pago. Se trata de un supuesto cada vez más frecuente, el cual tiene lugar especialmente con deudas con Hacienda o la Seguridad Social. En este caso, Hacienda se dirigirá contra los administradores para exigirles el pago de la deuda.

De hecho, la derivación de deuda al administrador puede darse incluso posteriormente a la presentación de liquidación o autoliquidación de la sociedad, salvo que la ley dispusiere lo contrario. Así, muchos administradores reciben la noticia con especial desconcierto.

No obstante, deben darse una serie de requisitos para que Hacienda pueda tramitar la derivación de responsabilidad a los administradores sociales. Concretamente, estos se encuentran recogidos en el artículo 43.1 de la Ley General Tributaria. Así, existen casos en los que Hacienda no puede reputar al administrador como responsable de las deudas societarias. Te los explicamos a continuación.

¿Qué es la derivación de responsabilidad al administrador?

En primer lugar, explicamos en qué consiste derivar la responsabilidad al administrador.

Como ya hemos dicho, la derivación de responsabilidad al administrador tiene lugar cuando una sociedad presenta impagos con la Agencia Tributaria. En este punto es preciso prestar especial atención al artículo 43.1.b) de la Ley General Tributaria. Bajo su amparo, Hacienda puede exigir el pago de la deuda tributaria que dejó pendiente la sociedad cuando cesó su actividad sin haber tomado las medidas o acuerdos necesarios para la efectividad del pago.

En algunos casos, Hacienda exige el pago de la deuda cuando la sociedad no se liquidó en los plazos legales para ello, alegando que el impago ha respondido precisamente a dicha falta de liquidación. Ciertamente, resulta más que habitual que deriven la responsabilidad incluso antes de la prescripción del período de pago voluntario. En este caso, la Administración Tributaria suele adoptar ciertas medidas cautelares previas a la declaración de responsabilidad con objeto de asegurarse el pago. Entre las medidas, encontramos embargos preventivos de bienes, así como el procedimiento derivativo al administrador societario.

Requisitos derivación de responsabilidad al administrador por deudas con Hacienda

El apartado a) del artículo 43 de la Ley General Tributaria determina las infracciones tributarias por las cuales es posible proceder a la derivación de responsabilidad al administrador de la sociedad. Mientras, el apartado b), el cual suele ser el más usado por Hacienda, contempla otros supuestos objeto de tal derivación de la responsabilidad tributaria sin exigir el acaecimiento de las infracciones establecidas en el primer apartado.

Te presentamos los requisitos:

  • Existencia de obligaciones tributarias impagadas por parte de la sociedad mercantil.
  • La actividad empresarial debe haber cesado.
  • La sociedad mercantil debe haber sido declarada fallida como deudora principal. Este requisito es igualmente contemplado en el apartado a).
  • El administrador social o los administradores deben haber incumplido las obligaciones recogidas en la normativa mercantil (Ley de Sociedades de Capital). El artículo 367.1 exige la actuación diligente del administrador social, así, si una sociedad se encuentra en causa de disolución, este debe haber llevado a cabo las medidas y actuaciones necesarias para poder hacer frente a la deuda, o bien, solicitar concurso de acreedores. De esta manera, se consideraría falta de diligencia si el administrador permanece pasivo ante la generación de tales deudas innecesarias.

Por lo tanto, es posible impugnar el procedimiento siempre que exista ausencia de dolo, esto es, que el administrador haya actuado con la diligencia necesaria para atender al pago de las obligaciones tributarias.

Una buena opción para salvar la mala situación financiera de una sociedad es acudir a empresas dedicadas a comprar empresas con deudas.

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